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martes, 22 de febrero de 2011

Los fondos de inversión

Antes de comenzar os voy a decir brevemente el contenido de este post, que no tiene otro fin que intentar acercar a mis lectores a este mundillo financiero. En este post trataremos los fondos de inversión, veremos qué son, cuál puede llegar a ser su rentabilidad, cuál puede ser su riesgo (en el caso de que exista riesgo), los tipos de fondo, y además explicaré, o por lo menos lo intentaré, la manera de elegir un fondo de inversión, es decir, el porqué de elegir uno y no otro.

¿Qué es un fondo de inversión?

Para empezar debemos conocer qué es un fondo de inversión, eso que todo el mundo hemos oído hablar pero por alguna extraña razón la mayoría no sabe decir lo que es, pues bien, un fondo de inversión es una institución de inversión colectiva. Vale, te has quedado de piedra. Esto quiere decir, que los resultados individuales, de cada uno, están en función de los rendimientos obtenidos por el conjunto de inversiones, por decirlo de alguna manera, cuanto más dinero aporte cada uno, mejor. Para introduciros un poco este concepto en la historia, diré que los fondos de inversión empezaron a verse en España alrededor de la década de los 80 y que hasta hoy, se han ido considerando uno de los productos financieros que más gusta a los inversores españoles, hecho que se refleja en una participación de 8 millones de inversiones con un patrimonio cercano al 30% del PIB. Gracias a esto, se han podido crear distintos tipos de fondos de inversión y cada uno de ellos configurado para los “gustos” de cada inversor, desde el más tradicional al mas arriesgado, y esto es interesante porque tal y como hoy en día está nuestra economía, arriesgar...poco. Con esto, el inversor tiene plenos derechos a conocer todo acerca del fondo que va a contratar y es por ello por lo que los intermediarios siempre tienen que informar al participante. A la hora de elegir un fondo siempre habrá que tener en cuenta diversos factores como el tiempo, la liquidez del fondo, los riesgos... he de decir que en cuanto a información un participante no se puede quejar, ya que la Comisión Nacional del Mercado de Valores intenta aclarar cualquier duda por pequeña que sea que pueda tener un futuro inversor, y hacen bien, pues son sus derechos. 



Para profundizar un poco mas en el concepto, introduciré aquí dos partes esenciales en la configuración de estos:

  • Por un lado, debemos señalar a la sociedad o entidad gestora. Bien, esto que es, pues es por decirlo de alguna manera quien pone la pasta, y ese dinero...¿de donde viene?, pues viene de nuestros bolsillos, de todos aquellos que quieran invertir en los distintos activos financieros (depósitos bancarios, renta fija, renta variable,...). Como obligación de la sociedad gestora, esta deberá rellenar un folleto en donde explicará a todos los participantes el contenido del fondo paso a paso.
  • Por otro lado, y no menos importante, la entidad depositaria, que es la que tiene el fondo (valores, efectivo) y tiene cierto control en algunos aspectos sobre la entidad gestora.

Pero bueno, el elemento que yo considero más importante son las participaciones, que también habréis oído hablar todos de ellas...bueno pues digamos que en los fondos de inversión las participaciones son con lo que se juega, cada inversor puede tener x participaciones en el fondo y el valor de estas varía, esto es un factor importante porque  nos lleva a pensar que los fondos a lo largo de su vida nunca son constantes, es decir que el patrimonio puede aumentar o disminuir, pero...¿de que dependerá?.
En primer lugar, lo más lógico y seguro que habéis pensado, el número de inversores. Evidentemente cuando el número de inversores baja el patrimonio será menor y viceversa. Y en los fondos siempre están saliendo y entrando inversores comprando (suscripción) y vendiendo (reembolso) participaciones.
En segundo lugar varía a través del valor de mercado de los activos financieros que componen el fondo (la cartera del fondo).

¿Cómo determinamos la rentabilidad de los fondos?
Vamos a lo que nos interesa, qué nos dan, qué recibimos por lo que invertimos. Es fácil, primero deberemos calcular el valor de la acción, el precio de la participación, que no es otra cosa que dividir el patrimonio del fondo entre el número de participaciones. Este cálculo, de siempre, lo ha realizado la entidad o sociedad gestora, y lo hace todos los días, pues como he dicho antes dicho valor cambia siempre. El valor de las participaciones se tiene que informar a los inversores y futuros inversores en plataformas como la Bolsa de Valores que es el más común o en otras plataformas de información económica como pueden ser Reuters o Bloomberg. 
Una vez calculado el precio de la acción, pasaríamos a la rentabilidad, es decir, en función de las acciones que tengo y teniendo en cuenta el patrimonio...¿qué voy a ganar exactamente?, para ello basta con calcular la diferencia entre el valor liquidativo final (con el beneficio) y el valor liquidativo inicial, todo ello entre el valor liquidativo inicial. Es importante deciros que la rentabilidad puede ser negativa o positiva y que el periodo de tiempo en el que lo calcula no tiene porqué ser el de un ejercicio económico (un año).


Una vez visto el concepto de los fondos y su rentabilidad, pasemos a ver el riesgo de los mismos.

Para comenzar, como todos sabéis, cualquier producto de inversión puede tener ciertos riesgos, no existe hoy en día producto que sea del todo seguro. Ocasionalmente se pueden producir pérdidas ya que la evolución del mercado no puede ser la esperada, o el tipo de fondo elegido no es el correcto,..
Todo es posible, y muchas veces se ve cuando un inversor quiere vender participaciones y se encuentra con que el precio de las mismas es menor que el precio de la compra, pues bien, el inversor, ¿cómo es capaz de ver esto?, ¿Cómo es capaz de saber el riesgo que tiene una operación?, para ello, os presento a otros dos conceptos a tener en cuenta: la volatilidad y la duración.

  • La volatilidad es, por así decirlo, mirar al pasado, es decir si los valores liquidativos del fondo han experimentado a lo largo de la historia variaciones importantes, para así podernos hacer a la idea de si el tipo de fondo en el que nos movemos es dinámico o más estable.
  • La duración, o también llamado plazo medio de vencimiento, es un concepto a partir del cual se puede calcular como responden los activos a variaciones en los tipos de interés, esto es importante puesto que como todos sabemos cuando los intereses suben los valores de los activos pierden valor y la demanda entonces irá en busca de otros activos que ofrezcan intereses superiores.

Es curioso y me resulta chocante que se haga tanto hincapié en que el inversor siempre mire y se informe acerca del tipo de fondo con el que está tratando y que siempre exija el mayor número de información posible a la sociedad gestora. 
Lógicamente, las inversiones en renta variable tienen mas riesgo que las de renta fija, pero estas últimas también pueden tener riesgo. 
Por otro lado, hay fondos en los que por su política existe un mayor riesgo de crédito en su cartera por lo que el inversor es necesario que consulte esto a través de empresas que tratan estos temas como las agencias de rating. El inversor, tiene que tener en cuenta también en qué país o países está invirtiendo, no es lo mismo invertir en un país en el que la economía y la política son mas o menos estables, como por ejemplo Inglaterra, que invertir en Cuba, que todos tenemos conocimiento de su situación, este riesgo se denomina riesgo país. Otro tipo de riesgo es el riesgo de divisa que está ligado a los tipos de cambio, es decir al valor de la propia moneda en los diferentes países.
El inversor siempre tiene que tener en cuenta que el mercado en donde invierte es un mercado regulado, ya que de no ser así, evidentemente aumenta mucho el riesgo.

Ahora, pasaremos a ver qué tipos de fondos de inversión existen. 

Los inversores digamos que siempre miran el tipo de fondo a través de un “aspecto” por así decirlo que siempre figura en los folletos de cada fondo, esto es, la vocación inversora. Y en función de esto, se distinguen los diferentes tipos de fondos:
  • Fondos de renta fija: Como dice la propia palabra, son aquellos fondos que invierten en activos de renta fija (obligaciones y bonos, letras y pagarés,...), este tipo de fondos como es obvio, conlleva menos riesgos pero a su vez tiene una cosa mala, dan una menor rentabilidad, y esto, si sumamos que por algún casual los tipos de interés bajen la rentabilidad puede llegar a ser negativa.
  • Fondos de renta variable: Son aquellos fondos que invierten la mayor parte de su patrimonio en activos de renta variable. Lo contrario al anterior, si en el anterior los riesgos eran bajos aquí son elevados y la rentabilidad puede ser mucho mayor.
  • Fondos mixtos: Son aquellos fondos que por su nombre son de suponer que combinan renta variable con renta fija.
  • Fondos globales: Son aquellos que no tienen definida su política de inversión, ya sea por que tienen libertad para fijar de antemano los porcentajes que van a invertir en renta fija o variable, la moneda en la que estarán denominados los activos en los que invierta o la distribución geográfica de la inversión.
  • Por último, y no menos importante, de hecho en este caso son los más importantes, destacan los fondos garantizados, estos tipos de fondo son los mas populares entre los españoles y estos fondos aseguran que, como mínimo se conserva a una determinada fecha la totalidad o parte de la inversión inicial.

Hay un último tipo a destacar fuera de las fronteras de nuestro país, estos son los fondos por compartimentos, en los que dentro de ellos hay “sub-fondos” cada uno con una politica de inversión diferente que emitirá por su cuenta un número de participaciones que se diferenciarán por las comisiones que se apliquen.
Existen más fondos de inversión, pero he decidido centrarme en estos, pues son los que he considerado más importantes.


Como último punto, y un poco como resumen os voy a explicar qué pautas rigen a una persona a la hora de elegir un fondo, y estas son las siguientes:

  • Determinación de la situación y objetivos personales: El inversor debe conocer lógicamente su situación económica y con ello saber por ejemplo el plazo o el riesgo de perdidas que puede traer consigo ese fondo.
  • Selección del fondo: Como he dicho anteriormente el inversor decidirá entre distintos tipos de fondo aquel que satisfaga sus necesidades. A la hora de elegir un fondo, hay que tener en cuenta factores como el perfil de riesgo, las comisiones, el horizonte temporal, las históricas y la publicidad y los mensajes comerciales.


Como conclusión quiero decir que elegir un fondo de inversión no es una cosa que se hace del día a la mañana, hay que estudiar la situación y de acuerdo con tu nivel de ingresos ver qué fondo es el que se acopla a uno. También una de las cosas más importantes por no decir la que mas, ya que gira en torno a eso, es la economía de cada país, puesto que por ejemplo no conviene invertir en una economía que se encuentra en recesión en cambio en buenos periodos y si se elige un buen fondo de inversión la rentabilidad obtenida puede ser muy alta. Acordaos siempre que donde más rentabilidad se obtiene es en los fondos de renta variable, pero a su vez estos tienen mucho más riesgo.

Por último os dejo aquí unas noticias bastante interesantes: 

Esta primera trata de explicar como ganar algo hoy en día, que aunque no lo creáis por las condiciones en las que estamos, algo por pequeño que sea, siempre se puede ganar.
En esta segunda noticia, nos informa de que el patrimonio de los fondos de inversión en España ha descendido en este 2011 un 0,06%, debido, como no, a la crisis actual.


martes, 15 de febrero de 2011

Seguros de Vida

Hoy voy a hablar de los seguros de vida, un tema muy curioso y que os va a resultar fácil de entender... 
Protección, digamos que protección, es la palabra que más se liga al concepto de seguro de vida, ya que estos tipos de seguros no buscan otra cosa que “proteger” a las personas que el asegurado tiene a su cargo (familiares, socios, acreedores,...) en caso de fallecimiento de este. El hecho de tener un seguro de vida, proporciona a cambio una indemnización a esas personas, una indemnización que se llama capital asegurado y, como la mayoría de las cosas en este país, puede pagarse a plazos o de una sola vez. Este seguro se puede calcular multiplicando el ingreso anual por el número de años que espera trabajar el asegurado. 



Os preguntaréis...En caso de no tener familiares o en su caso personas dependientes de el asegurado o a cargo del mismo el seguro de vida se planteará desde dos puntos de vista: Evitar deudas para los parientes que le sobrevivan o la oportunidad de obtener una póliza de seguro de vida a unas condiciones económicas razonables.
Pero, evidentemente no existe un único seguro de vida, sino que estos, se clasifican en varios tipos, de acuerdo con diversos factores:
  • Por su duración: La mayoría de la gente tiende a creer que un seguro de vida es como dice la palabra para toda la vida, pero esto no es así, un seguro de vida se puede contratar durante un tiempo determinado.

-Seguro de vida temporal o seguro de vida a término: Cubre durante el tiempo que     estime la póliza.

-Seguro de vida permanente o seguro de vida de ahorro: Cubre al asegurado durante toda su vida.

Hay una pequeña diferencia que vale la pena constatar y es que ambos seguros son de fallecimiento, solo que, el permanente pagará a las personas del asegurado en el momento del fallecimiento de este y el seguro temporal pagará a las personas solo si el afectado fallece durante el periodo estipulado.
  • Por la cantidad de asegurados cubiertos por la póliza: Según esto, distinguimos entre:

-Seguros de vida colectivos: En los que, con una sola póliza, se cubre de forma independiente a una cantidad determinada de personas, que son ideales para una familia, por ejemplo si esa familia está pagando una hipoteca se puede asegurar sobre el saldo deudor del préstamo de la vivienda.

-Seguros de vida individuales: Como su propio nombre indica, son individuales, es decir ideales por ejemplo para gente que viaja con mucha frecuencia y no tiene muxas personas a su cargo, por lo que este tipo de seguro solo cubre la muerte del propio asegurado.

Seguros de vida de varias cabezas: Este tipo de seguro en cambio, se encarga de cubrir a varios asegurados. Este seguro se cobrará cuando fallezca el primer asegurado o cuando fallezca en su defecto el primer grupo de asegurados.

Según el tipo de prima contratada por el asegurado: Distinguimos entre tres tipos de prima:
A prima creciente o de riesgo: Esto significa que el propio asegurado no va a pagar siempre la misma tasa por el seguro, sino que esta tasa va variando en función de la edad del asegurado, ya que su tasa de mortalidad va cambiando.

Las primas o tasas de pago que podría hacer el asegurado son las siguientes:

-A prima nivelada o constante: Con este tipo de pago, el asegurado se obliga a pagar una prima superior los primeros años (dependiendo de la edad) y el resto de años pagará una tasa menor, y constante.

-A prima decreciente: En los casos en los que haya que cubrir la amortización de prestamos, el beneficiario será la entidad bancaria y el propio asegurador será el que cubra el capital pendiente de amortizar por el asegurado. Este tipo de prima se da frecuentemente al contratar hipotecas, en las que se asegura el importe de la cuota mensual de la hipoteca a pagar.
  • Seguro de vida entera: En este tipo se seguro, el asegurador se compromente a indemnizar con un capital a la muerte del asegurado pero sin tener en cuenta el momento de su muerte. Este pago se puede hacer en forma de capital o en forma de renta, es decir, a toca teja o a plazos por así decirlo. El seguro de vida garantiza de forma vitalicia el capital asegurado contratado. Tiene un alto riesgo, pero merece la pena por el ahorro.La finalidad de este tipo de seguro es proporcionar a la persona beneficiaria un capital que compense la pérdida de esos ingresos por parte del asegurado, facilitar a los herederos un capital que les permita atender a los gastos de transmisión de bienes o garantizar el pago de las deudas o hipotecas sin tener que recurrir al resto de la herencia.


Según el tipo de prima, en este tipo de seguro podemos distinguir entre:

-A prima vitalicia: se paga al momento de la muerte o fallecimiento.

-A prima temporal: Donde el pago de las tasas o primas se realiza durante un periodo determinado como puede ser de 20 o 30 años pero la cobertura del seguro se extiende hasta el momento de la muerte del asegurado.



Es curioso que este tipo de seguro tenga una mayor aceptación y un mayor uso en otros países, como por ejemplo Estados Unidos, en el cual el capital recibido no solo permite pagar hipotecas, sino los impuestos de sucesión, los gastos funerales, tener fondos para la educación de los descendientes y hasta, en algunos casos, realizar donaciones de caridad.
Por otra parte hay determinadas pólizas que incluso benefician al asegurado en vida, de manera que, por ejemplo un asegurado que esté mucho tiempo pagando este tipo de seguro, a la hora de su jubilación y llegada ya su vejez no se va a tener que preocupar por el bienestar económico de su familia.




miércoles, 9 de febrero de 2011

"Los swaps o clips hipotecarios"



Swap,... es curioso, suena interesante,…un juego, un objeto..eso es lo que me preguntaba yo antes de buscar información para adquirir conocimiento acerca de “los swaps”. Os preguntaréis qué son, y es que, en la actualidad la mayoría de países desarrollados tenemos lo que conocemos como mercado financiero, no ese mercado donde vas a comprar verdura, si no ese mercado donde se intercambian acciones o bienes a un determinado tipo de interés estimado, como todos sabemos, dentro de esos mercados están los instrumentos financieros que están vinculados a un valor subyacente o de referencia, es decir, por decirlo de alguna manera, son contratos utilizados por los agentes económicos para comprar o vender en un futuro, o simplemente los utilizan como protección ante el cambio del precio de muchos activos, por lo que digamos que sirven como barrera “protectora” ante cualquier cambio en el tipo de interés o en el precio Esos intrumentos son también conocidos como productos derivados y los principales son los futuros, las opciones, los warrants y los swaps.


De una manera un poco más profunda trataré de definir lo que son para que más o menos podáis entenderlo. Imaginaros dos personas, en este caso pueden ser dos empresas, en definitiva, dos agentes, esos agentes aceptan pactar un intercambio, es decir, acuerdan un contrato para el intercambio de unos determinados flujos monetarios durante un periodo de tiempo y con unas reglas pactadas. Esto, como he dicho anteriormente se utiliza para reducir el riesgo de crédito y de liquidez, para que no afecte tanto un cambio de los tipos de interés brusco,…etc.


¿Quién participa en este tipo de contrato?
Lógicamente, y como es de suponer, actúan dos partes, dos partes a las que se las suele llamar “pata”, eso nosé porqué, lo único que se es que viene del inglés “leg” y de ahí la traducción. Esas dos partes, al acordar el contrato una parte tendrá una obligación de pago, y la otra un derecho de cobro como es de suponer.

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Llegados a este punto, conviene explicar un poco qué tipos de swaps hay, y porqué se clasifican de esa manera:


  • En primer lugar destacan los swaps sobre tasas de interés, que es el tipo mas habitual dentro de los mercados financieros. Estos swaps son contratos a través de los cuales un agente económico se compromete a pagar a otro unos intereses fijados por adelantado sobre un nominal (también fijado por adelantado) y la otra parte se compromete a pagar otra tasa de interés, pero esta vez variable, sobre ese tanto nominal. Es importante no confundir el swap con un prestamo, porque el nominal no se presta, únicamente se prestan los intereses por así decirlo. Dentro de estos swaps encontramos el swap de divisas en el que el nominal sobre el que se paga ambos tipos de interés se realiza con dos tipos de monedas distintas.
  • En segundo lugar encontramos los swaps de materias primas, también conocidos como “Commodity swaps”, estos swaps son sencillos y faciles de explicar. Son como los swaps sobre tasas de interés, la única diferencia es que este tipo de contrato lo suelen utilizar las empresas productoras de materias primas,  por ejemplo el petróleo, ya que son materias primas que tienden a subir y a bajar constantemente y a la hora de actuar en el mercado hay que intentar tener los menores riesgos posibles.
  • El tercer tipo de contrato swap es el que se conoce como swap de índices bursátiles, que es simplemente atenerse a un criterio de valoración a través de un mercado bursátil, es decir, que el propio mercado bursátil sea el que pueda imponer cuanto vale el propio dinero.
  • El cuarto tipo de contrato swap es el conocido como swap sobre tipo de cambio, que es muy parecido al swap de divisas, con la única diferencia que las cantidades de principal o capital se intercambian al principio y al final de contrato.
  • El último tipo de contrato swap son los llamados swaps crediticios, que sirven para evitar el riesgo a la hora de proporcionar crédito, siempre teniendo en cuenta factores como la tasa de interés, el plazo, la moneda o el crédito.


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Por último, os dejo aquí un texto y seguidamente una noticia que he considerado bastante interesante, y es que los swaps, o también conocidos actualmente “clips hipotecarios” suponen un riesgo para todas aquellas familias o pequeños negocios que usen este tipo de contrato ya que les beneficia ante una subida de los tipos de interés pero les perjudica gravemente ante una bajada.


Los swap

En los últimos meses, debido a la actual crisis económica, se vuelve a oír hablar del “swap”, un término que denomina a un producto financiero al que también se le conoce como “clip hipotecario”

Los swap El “swap” es un producto financiero de alto riesgo y complejo, utilizado básicamente por grandes empresas al realizar ciertas inversiones o incluso compras a crédito para cubrirse las espaldas si los tipos de interés suben más del nivel previsto. Sin embargo, si baja el tipo de interés, no pueden beneficiarse de esa bajada.
Lo realmente sorprendente es que algunos bancos y cajas de este país,  hacia la mitad del año 2008 (cuando los tipos de interés alcanzaban máximos históricos y se preveía una fuerte bajada), comenzaron a ofertar a muchas familias que suscribían un préstamo hipotecario por  la compra de su vivienda, o incluso a pequeños empresarios para su negocio, una “especie de contrato de seguro” que les beneficiaba frente a la subida de tipos de interés, pero ante la bajada de los tipos les perjudicaba gravemente. En realidad, el “swap” es un producto apto para grandes empresas e inversores, no apto para familias y pequeños negocios.
Normalmente, el “swap” no aparece en la escritura del préstamo, sino en un contrato anexo. Realmente, las entidades financieras no han informado a las familias y pequeños empresarios o autónomos del alto riesgo y de su complejo funcionamiento, ya que si se suscribe al estar el Euribor en máximos, cuando empieza a bajar, el cliente no se beneficia de la bajada, sino que realmente  tiene que pagar dinero al banco o caja. Asimismo, las comisiones por su cancelación son muy elevadas.
Cuando ofrecieron estos productos , las entidades hacían ver a sus clientes que lo que firmaban era un seguro contra la subida del tipo de interés, cuando realmente lo que se formalizaba era un contrato de permuta financiera y, en ningún momento, se les informaba de los riesgos  frente a la bajada de los tipos.
Recientemente, se han dictado dos sentencias sentando jurisprudencia aplicable. Concretamente la sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén de 27 de marzo de 2009, y la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava de 7 de abril de 2009. En dichas sentencias se acuerda la nulidad de los productos financieros de alto riesgo “swap”, que los bancos y cajas habían ofrecido a familias y pequeñas empresas y autónomos.
En ambas sentencias, se entiende que el consentimiento de los clientes se prestó por error, debido a la falta de información facilitada por la entidad bancaria y las cláusulas complejas del contrato, por lo que se ha declarado su nulidad. Consecuencia de dicha nulidad es que las entidades financieras deben proceder a la devolución de las cantidades cobradas a los clientes, así como a indemnizarles por los daños y perjuicios causados.




Fuentes:
  1. http://es.wikipedia.org/wiki/Swap_(finanzas)
  2. http://www.bancafacil.cl/bancafacil/servlet/Contenido?indice=1.2&idPublicacion=4000000000000110&idCategoria=9
  3. http://ciberconta.unizar.es/leccion/fin002/691.HTM