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martes, 12 de abril de 2011

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MUCHAS GRACIAS A TODOS



Bueno queridos lectores, quería deciros que lamentablemente este blog a finalizado, espero haberlo hecho lo mejor posible y lo que es más importante, que si alguien a mostrado algún interés en leerse algún post, por lo menos espero que haya aprendido algo, que siempre es bueno irse a la cama habiendo aprendido algo. Me ha gustado bastante la opción de poder realizar un blog personal con temas a elegir para desarrollar.


Los Warrants


Muy buenas tardes queridos lectores, hoy, me temo que va a ser la ultima entrada del blog y la voy a dedicar a un tema que espero que os guste, los Warrants.

¿Qué son los Warrants?

Para empezar a dar un poco de luz a este concepto diremos que los Warrants son valores que nos aportan derecho a comprar o vender un activo en unas condiciones anteriormente fijadas. Los warrants se pueden negociar en bolsa y otorgan al que lo posee el derecho, pero nunca la obligación a comprar (call warrant) o vender (put warrant) una cantidad determinada de un activo(activo subyacente) a un precio anteriormente fijado o establecido (precio de ejercicio o strike) a lo largo de toda la vida del warrant o a su vencimiento.
Es importante que para adquirir este tipo de derecho, el comprador debe pagar el precio del warrant, que se conoce con el nombre de  prima. Por lo que la cotización del Warrant representa el precio que se va a pagar para adquirir ese derecho.
Antes de seguir, me gustaría aclarar unos conceptos que han salido antes y dejarlos claros, conceptos como:

El famoso Call Warrant que otorga a su poseedor el derecho, no la obligación, a comprar un número determinado de títulos sobre un activo (Subyacente), a un precio establecido. Un ejemplo claro podría ser este:


En este cuadro podemos ver que el CALL 26 € de Repsol otorga a su poseedor el derecho a comprar una acción de Repsol a 26 euros, desde el momento de su adquisición hasta el día 16 de Marzo del año 2007. El inversor tiene que pagar 0.77 euros para adquirir el Warrant.
El hecho de que Repsol cotice a 25 € o a 27 € va a condicionar la Prima (el precio) del Warrant.
  • Si Repsol cotiza a 27 €, la posibilidad de comprar (tener) la acción a 26 € a través del Warrant es interesante, ya que podría (tiene el derecho y no la obligación) adquirir la acción a un precio más bajo de lo que cotiza en Mercado. Como la opción es interesante, la Prima del Warrant es alta.
  • Si Repsol cotiza a 25 €, la posibilidad de comprar (tener) la acción a 26 € a través del Warrant ya no es tan interesante, ya que, igualmente, podría adquirir la acción a un precio más alto, situación que no interesa. La Prima es más baja.
  • De esta forma, puede comprobar como la evolución del precio del Activo Subyacente va a hacer que la prima del Warrant sea más alta o más baja, tanto en el caso del CALL como en el caso del PUT.

  • Precisamente ese precio establecido para el activo es lo que conocemos como precio del ejercicio o strike

Otro concepto importante a tener en cuenta que antes ha salido es el Pull Warrant
El Warrant PUT otorga a su poseedor el derecho, no la obligación, a vender un número determinado de títulos sobre un activo (Subyacente), a un Precio establecido (Precio de Ejercicio o Strike), en una fecha prefijada de antemano (Fecha de Vencimiento). Otro claro ejemplo podría ser este:

  • Queridos lectores, aquí podéis ver como, por definición, el PUT 25 € de Repsol otorga a su poseedor el derecho a vender una acción de Repsol a 25 euros, desde el momento de su adquisición hasta el día 16 de Marzo del año 2007. El inversor tiene que pagar 0,58 euros para adquirir el Warrant, es decir, la inversión es de 0,58 €.
  • El hecho de que Repsol cotice a 24 € o a 26 €, al igual que en el ejemplo con el Warrant CALL, va a condicionar la Prima (el precio) del Warrant.
  • Si Repsol cotizase a 24 €, la posibilidad de vender la acción a 25 € a través del Warrant es interesante, ya que podríamos (tenemos el derecho y no la obligación) vender la acción (derecho teórico, no es necesario tener las acciones en cartera) a un precio más alto de lo que cotiza en Mercado. La opción es interesante, con lo que la Prima del Warrant será alta.
  • Si Repsol cotizase a 26 €, la posibilidad de vender la acción a 25 € a través del derecho que confiere el Warrant ya no sería tan interesante, ya que la acción cotiza a un precio más alto. La Prima sería más baja.
  • Como podemos observar la Prima del Warrant son dos precios, 0,57 – 0,58 euros, correspondientes a las posiciones de demanda y oferta (igual que las acciones). El inversor que adquiera el Warrant, pagará 0,57 euros, el precio ASK, mientras que si desea venderlo, ingresará 0,58 euros, el precio BID.


Antes de operar con warrants es recomendable:
1. Antes de operar con ellos como todo en este mundo, debemos conocer todas sus características al detalle sobre exactamente en que queremos invertir así como el régimen jurídico o fiscal que se le pueda imputar a los activos.
2.   Es recomendable que sigamos la evolución de los precios del activo para ver como se puede comportar en un futuro no muy lejano.
 Siempre debemos tener alguien que nos sirva de apoyo y que nos aporte consejos, en este caso es recomendable buscar ese asesoramiento en los intermediarios financieros. En función de sus necesidades, ellos le orientarán sobre qué emisión comprar.
Un poquito de historia....
En un primer momento, puede parecer que las opciones son un producto de innovación financiera, pero en realidad tienen una larga tradición.
En la literatura financiera pueden encontrarse datos de cómo los fenicios, los griegos y los romanos ya negociaban contratos con cláusulas de opción sobre las mercancías que transportaban. La finalidad de este tipo de contratos era reducir el riesgo ante posibles acontecimientos adversos.
El primer mercado de opciones relativamente organizado apareció en Holanda en el siglo XVII, donde se negociaban bulbos de tulipán, de manera que los comerciantes se aseguraban un precio de compra de los tulipanes y los agricultores, un precio de venta.
La constante evolución del mercado de opciones ha llegado hasta nuestros días en forma de contratos estandarizados negociados en mercados organizados, o de forma bilateral, en el que las partes contratantes se comprometen a cumplir una serie de acuerdos fijados en el contrato.



¿Cuáles son las características de los warrants?

  • Básicamente son productos derivados que son diseñados por el emisor para cubrirse del riesgo o especular.
  • Se utilizan para una gran variedad de activos subyacentes.
  • Permiten especular apostando al alza y a la baja, obteniendo pérdidas o ganancias.
  •  Tienen un plazo de vida de entre 1 y 2 años como máximo.

¿Qué elementos importantes debemos destacar?

  • Activo subyacente. Es el activo de referencia sobre el que se otorga el derecho, puede ser una acción, una cesta de acciones, un índice bursátil, una divisa, tipo de interés

  • La fecha futura en la que se producirá la transacción recibe el nombre de fecha de ejercicio.

  • Prima. El precio que se paga por el warrant. Este precio se compone de:

  • Valor intrínseco. Diferencia entre el precio del subyacente y el precio de ejercicio.

  • Valor temporal. Es la parte de la prima que valora el derecho de compra o venta del subyacente inherente al warrant. Está determinado por elementos como la volatilidad o el tiempo hasta el vencimiento.

  • Ratio: corresponde al número de activos subyacentes que representa cada warrant, puede ser por tanto una fracción o múltiplo de 1.

El Warrant es un instrumento el cual se ve enmarcado dentro del tipo de opciones. Sería como un derecho de comprar o vender un activo subyacente a un precio y en una fecha determinada, este derecho lo posee el inversor. Estos instrumentos dan al poseedor el derecho de realizar la transacción asociada, ya sea bien de compra o de venta, y a la otra parte la obligación de realizarla. Cuando se realiza todo esto, se dice que se ha ejercido el warrant.
Para los más inquietos...¿Cómo podemos invertir en los Warrants?
Los warrants se compran y se venden en Bolsa como las acciones. Para comprar o vender un warrant sólo es necesario contactar con su intermediario financiero, que se encargará de posicionar su orden en el mercado.
En el mercado hay disponibles cientos de warrants para su negociación, por lo que es importante seleccionar el warrant adecuado respecto al activo subyacente seleccionado. Los warrants no sólo se diferencian por sus precios, sino que su potencial de desarrollo y actuación es también muy diferente según sean sus periodos de vencimiento y sus precios de ejercicio.
Indicadores útiles para medir la elección de un warrant son la Delta y la elasticidad. Estos indicadores permiten comparar objetivamente, en un momento determinado, varios warrants emitidos sobre un mismo subyacente. Se puede obtener información de ellos a través de las páginas web de los emisores de warrants.
Por último unos consejitos antes de operar con Warrants:
  • Conocer con detalle todas las características del warrant sobre el que se quiere invertir, así como el régimen fiscal aplicable a estos activos.

  • Seguir de forma continua la evolución de los precios del activo de referencia o subyacente sobre el que está emitido el valor.

  • Buscar el asesoramiento de los intermediarios financieros. En función de sus necesidades, ellos le orientarán sobre qué emisión comprar.

¿Quiénes emiten los Warrants?
Para acabar este post, y un poco como forma de despedirme y por tanto conclusión, os diré quienes son los emisores de estos contratos, que son las entidades financieras y a continuación os presento una tabla con las entidades emisoras de Warrants mas importantes:


Noticias:
Fuentes:

lunes, 11 de abril de 2011

Los riesgos financieros


Bueno queridos amigos, mi post de hoy va dedicado a los riesgos, pero no los riesgos de ir en camiseta mañana a la universidad y que te caiga una encima por no haberte cogido chaqueta....no, esos riesgos no, voy a hablar de los riesgos financieros.


Nuestro querido riesgo financiero, también llamado o conocido como para algunos como riesgo de crédito o de insolvencia nos informa de las posibles incertidumbres ocasionadas por las operaciones financieras derivadas de la inestabilidad de los mercados de crédito y financieros, para que lo entendáis un poco mejor, este riesgo trata de mostrarnos la probabilidad de que pueda ocurrir un determinado suceso y que éste, pueda tener unas determinadas consecuencias “financieras” negativas (dejando atrás las consecuencias positivas, ya que en este post me voy a centrar en los riesgos que desemboquen consecuencias financieras negativas)para la propia empresa, persona, organización,... 
La verdad es que en esta época, me pregunto realmente qué no es un riesgo debido a la crisis actual, pero aparcando por un momento la crisis os puedo decir que un riesgo financiero sería por ejemplo el comprarme cualquier tipo de activo que tenga que pagar durante X años, el riesgo verdaderamente de esa operación estaría en poder hacerme frente al pago de ese activo durante esos años.
¿Cómo se clasifican los riesgos?


RIESGO DE CRÉDITO

Podemos decir que son las más importantes, ya que afectan al activo principal. Se da generalmente cuando las dos partes se enencuentran imposibilitadas para cumplir con sus obligacionesSon quizá, los más importantes porque afectan el activo principal: la cuenta colocaciones. Para las empresa que lleven a cabo una política liberal con altos niveles de liquidez, y que a la hora de cobrar o pedir los créditos a sus clientes se relaje, puede ocasionar lo que conocemos como el típico moroso.
Para que lo entendáis mejor os pondré un ejemplo muy simple, una apuesta:
Imaginaos que me apuesto con Pepe a que en el examen de mañana saco más nota que el, y me apuesto 10 euros. Al día siguiente apruebo el examen, sacando más nota que él, y es Pepe el que se niega a darme los diez euros, por lo que Pepe se convierte en un auténtico pájaro moroso. Eso, señores, es un riesgo de crédito.

RIESGOS DE MERCADO

Este es un tipo de riesgo que aparece como consecuencia de las variaciones imprevistas de los precios de los instrumentos de negociación (que suba o baje el interés, que aumente o disminuye el valor de nuestras acciones, el precio de determinados productos en el mercado,...). 
¿Qué se debería hacer para solventar este tipo de riesgo? 
Pues que tu empresa lleve a cabo una estrategia basada en una capacidad empresarial y de gestión que le permita ver el futuro y elegir aquellos productos de éxito para mantener o establecer relaciones con los clientes, amen de preservar la imagen y esencia de la empresa.
Un ejemplo claro podría ser por ejemplo una empresa que se dedique a la venta de muebles, que ve como su negocio empieza a bajar debido al alto precio de la madera, por lo que las ventas disminuyen claramente.

RIESGO DE TASAS DE INTERÉS

Evidentemente, y como dice la propia palabra es debido a las variaciones que experimentan las tasas de interés, generalmente cuando se obtiene créditos a tasas variables. En ciertos mercados la demanda de dinero puede afectar las tasas de interés pudiendo llegar por efecto de cambios en la economía internacional a niveles como los de la crisis de la deuda.

RIESGO DE LIQUIDEZ O FONDEO

Este tipo de riesgo se produce cuando una de las partes posee activos pero no la cantidad o liquidez suficientes para hacer frente a las obligaciones que ha cometido.Se produce a consecuencia de continuas pérdidas de cartera, que deteriora el capital de trabajo. Un crecimiento desmesurado de las obligaciones también puede conducir al riesgo de pérdida de liquidez.
En este caso podríamos poner el ejemplo de una empresa que está en muy malas condiciones económicas, y llega un momento en el que no puede hacer frente a las obligaciones salariales de sus empleados.

RIESGO DE CAMBIO

Esta originado y muy relacionado por tanto con las variaciones que se producen a consecuencia de los cambios continuos con las monedas. Es decir, las variaciones en el valor de una moneda denominada en términos de otra (dólar-euro o yen-libra) constituyen variaciones en el tipo que afectan a la riqueza total del agente económico. Estas variaciones dan lugar a un cierto factor de riesgo, que se ve incrementado de acuerdo con la volatilidad que hay en el precio de estas monedas. 
Hay que tener mucho cuidado por donde nos movemos, el tipo de país en el que estamos y el tipo de moneda con la que opera. Imaginaos que me compro una pelota en España por valor de 7 euros y me voy a Inglaterra y la vendo por un precio similar pero debido a la diferencia de valor entre la libra y el euro, igual salgo perdiendo.

RIESGO DE INSUFICIENCIA PATRIMONIAL

Este es muy fácil, este riesgo se produce cuando una determinada empresa con una capacidad económica X no pueda hacer frente a sus estratégias operacionales debido a dicha capacidad. 
Por ejemplo, la empresa Gero S.A realiza una inversion en equipos de alto capital, y resulta que no tiene dinero suficiente para hacer frente a dicha inversión.

RIESGO DE ENDEUDAMIENTO Y ESTRUCTURA DE PASIVO

Se define como el no contar con las fuentes de recursos adecuados para el tipo de activos que los objetivos corporativos señalen. Esto incluye, el no poder mantener niveles de liquidez adecuados y recursos al menor costo posible.

RIESGO DE GESTIÓN OPERATIVA

Se entiende por riesgos de operación a la posibilidad de ocurrencia de pérdidas financieras por deficiencias o fallas en los procesos internos, en la tecnología de información, en las personas o por ocurrencias de eventos externos adversos. Es decir, la palabra clave es por ejemplo olvido. Por ejemplo una empresa que por su mala gestión se olvide de ciertos créditos contraídos con algunos clientes por la compra de determinados productos.
¿Qué hacer para evitarlo?
Pues básicamente tener una buena gestión empresarial y estar siempre al tanto de las operaciones que realiza tu empresa.

RIESGO LEGAL

Este tipo de riesgo se produce a consecuencia de los cambios legales o de las normas de un país, que puede poner en desventaja a una institución frente a otras. Cambios abruptos de legislación puede ocasionar la confusión, pérdida de la confianza y un posible pánico. 
Os voy a poner un ejemplo que os voy a aclarar mucho las ideas, por ejemplo el caso de la prohibición de fumar en espacios cerrados ya sean bares, locales varios,... ha llevado o puede llevar a la pérdida económica de muchos negocios.

RIESGO SOBERANO

Se refiere a la posibilidad de incumplimiento de las obligaciones de parte del estado. Es decir, determinadas obligaciones legales que tengamos que cumplir como otra empresa cualquiera y que son impuestas por el Estado, por ejemplo, que tu empresa tenga que tener una serie de medidas (refiriéndome a la dimensión de la misma) y que no cumpla con las mismas. Esto conlleva una alta y dura sanción tanto económica como jurídica.

RIESGO SISTEMÁTICO

Este tipo de riesgo se refiere al conjunto del sistema financiero del país frente a choques internos o externos, es decir, por ejemplo, el impacto de la crisis asiática, rusa el fenómeno del niño, que ocasionan la volatilidad de los mercados y debilitan el sistema financiero.
Como conclusión diré que lo más importante es saber prevenir los riesgos financieros que pueden desembocar en una mala situación económica para la empresa. Una buena capacidad de gestión podrá prevenir dichos riesgos y dotar de una ventaja competitiva frente al resto.


domingo, 10 de abril de 2011

Los derivados Financieros




Muy buenas tardes, hoy os explicaré los derivados financieros. Seguro que muchos de vosotros no sabréis de lo que os estoy hablando, algunos lo habréis oído, y a otros no les sonará de absolutamente nada. Voy a tratar de explicaros de forma sencilla su concepto, tipos, características,...
¿Qué son?
Un derivado financiero, también llamado o conocido como instrumento derivado, es un producto financiero en el que su valor está basado en el precio de otro tipo de activo, que pueden ser acciones, commodities, índices de acciones, moneda extranjera, o también variaciones de precios, cotizaciones, tasa de interés, tipos de cambios, etc. 
El activo en el que está basado el producto, toma el nombre de activo subyacente, un ejemplo, para que lo entendáis mejor sería por ejemplo que el valor de un futuro sobre el petróleo se basa en el precio del petróleo.  Se puede decir que cualquier tipo de activo puede llegar a transformarse en subyacente de un derivado.
Sirven para...
En definitiva, podemos decir que los derivados financieros sirven para reducir o eliminar el riesgo que se deriva de la fluctuación en el valor o precio del subyacente.
¿En donde podemos encontrar estos derivados?, es decir, ¿en qué tipo de mercados opera?
El mercado de derivados se puede dividir en:
  - Mercado Bursátil: Es el mercado en el cual las operaciones son efectuadas en una bolsa reconocida . Si se habla de latinoamérica por ejemplo, en México, la Bolsa de derivados es conocida como Mercado Mexicano de Derivados (MexDer) la cual opera con contratos de Futuros y opciones sobre el dólar, el euro, acciones, bonos, tasas de interés e índices. En Estados Unidos una Bolsa reconocida que trabaja con derivados es la Bolsa de Chicago la cual es líder en negociación de contratos de Futuros en el comercio de bienes agrícolas.
  - Mercado Extrabursátil: Es el mercado en que se realizan las transacciones directamente entre los compradores y los vendedores sin que exista una contraparte central que sirva para disminuir el riesgo de crédito.

Sus características...
Las principales  características de los derivados financieros son:
Su valor no es fijo, va variando de acuerdo con los cambios en el precio del activo referente, el activo subyacente.
Una de las características importantes que podríamos considerar también como ventaja es que requiere un tipo de inversión inicial pequeña, prácticamente nula respecto a otro tipo de contratos o productos que actúan de igual forma en el mercado.
El producto se liquidará en un futuro
Otra característica que también podríamos considerar como ventaja es que estos productos pueden cotizarse en mercados organizados y no organizados.

Los productos financieros que tengan instrumentos financieros derivados siempre pueden tener o llevar consigo un riesgo superior debido a sus características. Por eso, tanto cuando se obtengan beneficios como cuando se obtengan perdidas sobre estos productos, dichos resultados, tanto positivos (beneficio) como negativos (perdidas), pueden multiplicarse debido a un efecto que es muy común en los productos derivados, que es el efecto apalancamiento (es por ello por lo que muchos fondos de inversión lo utilizan)
Sin embargo, hay algunos fondos de inversión, que en vez de utilizar estos derivados, utilizan otro tipo de derivados con el objetivo de disminuir los riesgos de su cartera de contado, estos derivados de los que os hablo se denominan derivados de cobertura. 
Os preguntareis... cómo se clasifican:

Pues bien, podemos clasificar los derivados financieros de acuerdo a los siguientes aspectos:
- Dependiendo del tipo de contrato:
Operación de permuta financiera o swaps
Los contratos de futuros, forwards y compraventas a plazo negociados o no en un mercado o sistema organizado de negociación.
Las opciones financieras, incluidos los warrants
"Americana" (ejecutable durante toda la negociación del contrato)
"Europea" (ejecutada solo al vencimiento
- Dependiendo del lugar de contratación y negociación:
Mercados organizados (M.M.O.O) o mercado extrabursátil, se diferencian porque sus contratos son estandarizados, lo que implica que existieran derivados sobre subyacentes que el mercado haya autorizado, los vencimientos y los precios del ejercicio son los mismos para todos los participantes. La transparencia de precios es mayor. Además cabe destacar que en México la Bolsa de derivados se denomina: Mercado mexicano de derivados (MEXDER). Actualmente MEXDER opera contratos a tiempo futuro y de opción sobre los siguientes activos financieros: dólar, euro, bonos ,acciones, índices y tasas de interés.
Over the Counter o "OTC", son derivados hechos a la medida de las partes que contratan al derivado. Se negocian en mercados extrabursátiles, en el cual se acuerdan las operaciones directamente entre compradores y vendedores, sin que exista una contraparte central que disminuya el riesgo de crédito.
- Dependiendo de la complejidad del contrato:
De intercambio/ futuro/ opción "convencional" (plain  vanilla)
De intercambio / futuro/ opción "exótica" ("bermuda", "asian")
- Dependiendo del subyacente:
      -Financieros
Sobre tipo de interés
Sobre acciones
Sobre divisas
Sobre bonos
Sobre riesgo crediticio
      -No financieros 
Sobre recursos básicos /  "commodities" , materias primas
Metales
Cereales
Energía (petróleo, gas, electricidad)
Cítricos
otros
- Dependiendo de la finalidad:
De negociación de cobertura. Uno de los usos de los derivados es como una herramienta para evitar riesgos, tomando la posición opuesta de un mercado de futuros contra el activo subyacente.
De arbitraje
De negociación o especulativa con el precio del subyacente 

Aquí os muestro un cuadro resumen de los principales derivados financieros:


¿Qué riesgos nos encontramos?

Antes de nada, he de decir, que el trabajar con derivados financieros también tiene sus riesgos. 
  • Riesgos de mercado: Los riesgos de mercado dependen del comportamiento del subyacente. 

  • Riesgo de contraparte: A lo largo de la vigencia de un derivado su valor económico o de mercado cambia de acuerdo con las fluctuaciones del producto financiero negociado, generando ganancias a una de las partes del contrato y pérdidas a la otra. 


  • Riesgos operacionales: Los riesgos operacionales surgen de deficiencias en algún aspecto de la ejecución de un programa de derivados 


  • Riesgos jurídicos: El acelerado desarrollo y la constante evolución de los derivados obligan a operar dentro de un entorno legal complejo y a menudo incierto

Cumplimiento....
Existen dos tipos de cumplimiento en los derivados. 
  • Delivery, entrega física del subyacente, es decir se realiza el subyacente, es decir se realiza el intercambio. 
  • No Delivery o cumplimiento financiero, se paga o recibe la diferencia entre el precio pactado y el precio de mercado por la cantidad acordada.

En España...¿Dónde se regulan?
En España hay dos órganos que regulan estos derivados que son:
MEEF (Mercado Oficial de Futuros y Opciones Financieros en España) Renta Variable en Madrid y MEEF Renta fija en Barcelona.
Estos órganos están supervisados por la CNMV y el Ministerio de Economía.
La función de estos órganos a parte de regular es también gestionar las compras y ventas que se realicen a diario, mediante una cámara de compensación propia que ejecuta todas las liquidaciones de todas las operaciones.

Como conclusión diré que hay que tener cuidado con donde se va a mover cada uno, es decir los derivados financieros están bien pero siempre existe un tipo de riesgo que es bastante alto, desde mi punto de vista no soy muy amigo de ellos.



sábado, 9 de abril de 2011

Las Opas

Muy buenas queridos lectores hoy os traigo un tema no menos interesante que los anteriores. Como con todos, voy a tratar de expresarme lo mejor posible para que la comprensión sea factible. Hoy os hablaré de la Opa, si la Opa.








La Opa, de el término Oferta Pública de Adquisición, es una operación a través de la cuál una o varias personas o sociedades ofrecen a todas las personas que estén cotizando en otra sociedad (sociedad afectada) la compra de sus acciones o de otros valores que permitan adquirirlas, por supuesto, a cambio de un precio. Este precio puede ser en dinero o en acciones.

Las Opas siempre han traído consigo debate, y es que, como todo el en el mundo, hay gente que está en contra de ellas y gente que las defiende. Las personas que las defienden argumentan que la Opa sirve de garantía eficaz para los administradores de la sociedad al poder aumentar el valor de la sociedad en beneficio de los accionistas. Por contra, mucha gente piensa que es un mecanismo en manos de “gigantes” financieros que les permite adquirir sociedades productivas para vender sus activos más valiosos, despedir personal y endeudarlas, por lo que las lleva a la desaparición de la economía a costa de los otros que se enriquecen.

Por tanto, ¿cuál podríamos decir que es el objetivo de las Opas?. Es fácil. Puesto que se compran gran parte de los títulos o acciones de la sociedad lo que en realidad se pretende es la toma de control de la misma, y esta Opa puede ser amistosa y hostil. Es amistosa cuando ha sido aprobada por la directiva de la sociedad, y hostil es aquella que no ha sido aprobada por la directiva, este tipo de Opa no gusta mucho ya que a la hora de realizar la oferta se realiza a los propietarios de la empresa, pudiendo estos vender o no las acciones que tienen en sus manos.

Dentro de este tema, uno de los factores que más importan es, lógicamente y como en todo, el dinerito, el precio de la empresa que se va a adquirir, es por ello por lo que hay que tener en cuenta factores económicos, lo que nos lleva a realizar análisis de la situación económica de esa empresa para determinar su precio justo. El análisis debe hacerse teniendo en cuenta sus balances, sus resultados, su endeudamiento, flujos de caja,...Con relación a este precio os contaré que la Opa se negocia por un valor superior al del mercado, es decir, al propio valor de la acción en el mercado. Por ello aunque la oferta pueda ser pequeña suele ser conveniente que los accionistas acudan a ella ya que una vez cerrada la Opa la alternativa es mantener unos títulos con poca liquidez y pocos cambios en la cotización. También se puede dar el caso de que la propia opa no guste a la gente y por tanto sea un fracaso.
Para el accionista, lo que más interesante le resulta es recibir todo el efectivo aunque como he dicho antes, la empresa puede optar por ofrecer parte en efectivo y parte en acciones.

Tipos de OPA


Podemos encontrarnos los siguientes tipos:

-Opas obligatorias y voluntarias: Hablamos de Opas obligatorias cuando no están sujetas a ninguna condición, y se presentan por el 100% de las acciones de la compañía, aun precio equitativo. Por contra, las Opas voluntarias no están sujetas a condiciones legales en cuanto al precio o número de acciones, siendo el oferente el que sí puede establecer condiciones.

-Las Opas por toma de control permiten a los accionistas de la sociedad ofertada vender sus acciones a un precio justo, una vez que la sociedad oferente tiene el control de dicha sociedad.
Nos referimos a Opa competidora cuando la oferta afecta a valores sobre los que ya se ha presentado otra opa cuyo plazo de aceptación aún no ha finalizado.

-Las Opas de exclusión ofrecen la posibilidad a los accionistas de vender sus acciones antes de que la compañía deje de cotizar en bolsa; en este tipo de Opas la contraprestación será siempre en dinero.
Se considera una Opa amistosa cuando se presentan tras un acuerdo entra la sociedad oferente y los accionistas significativos o el Consejo de Administración de la sociedad opada. Si no media acuerdo previo, suelen llamarse las opas anteriormente mencionadas como “hostiles”.
En relación a que los accionistas acepten o no la oferta del posible comprador se pueden dar distintas situaciones, ya que por ejemplo, a veces en la práctica no queda más remedio que aceptar la OPA, aunque no sea legalmente obligatorio. Pues bien, estas situaciones que se pueden dar en un Opa sobre el 100% de la empresa son:

-Opas de exclusión de bolsa: En este caso no hay más remedio que aceptar, lo que conlleva a que las acciones dejen de cotizar en bolsa al finalizar la opa, lo cual nos lleva a varios problemas en cuanto a las comisiones de depósito y custodia, los analistas y bancos, por ejemplo dejan de seguir la empresa ya que es casi imposible conseguir información....
Estos problemas hacen que los accionistas decidan acudir a la Opa y olvidarse. Permanecer en ella solo sería posible si los accionistas poseen un gran conocimiento de la empresa. Un ejemplo de esta situación puede ser la que se dió hace algunos años en Cortefiel.

Opas de no exclusión: Podemos distinguir entre dos situaciones:

  • El que lanza la Opa se hace con la mayoría del capital (en muchos casos incluso superior al 95%). En el caso de que se prevea esta situación, lo mejor es acudir a la Opa cuanto antes, aunque, como la empresa sigue cotizando en bolsa, si no ha aceptado la Opa se pueden vender las acciones en el mercado en cualquier momento al terminar la Opa. Lo normal es que la cotización al terminar la Opa sea parecida al precio ofrecido en la Opa, y lo que al accionista mayoritario le suele interesar es que se produzca una caída de la cotización. En conclusión, si no se vende, se pierde el tiempo.



  • Otra situación se da cuando el que lanza la Opa no se hace con la mayoría del capital y la empresa sigue cotizando normalmente. En este caso no hay ningun problema en continuar con las acciones, bajando la liquidez de estas últimas pero siendo más que suficiente para cualquier inversor.

Ventajas, beneficios, y desventajas
En cuanto a las ventajas que se pueden alcanzar con las Opas, hablamos de:Una mejor situación en general

  1. El oferente obtendrá el control de la empresa la cual habrá pagado algo menos de lo que vale
  2. Los accionistas recibirán por sus acciones un precio superior al que les venía dando el mercado.
  3. La empresa afectada alcanzará mayor valor en sus manos de quien puede dirigirla mejor
  4. Se ha mejorado la eficiencia social.

En cuanto a los beneficios:

  1. Los administradores negligentes son separados de sus puestos, los activos son empleados de manera más eficiente y por último los administradores para evitar ser desplazados actuarán al mejor servicio de sus accionistas empleando los activos en forma óptima y evitando cualquier recurso ocioso o gasto despilfarrador.

Y por último, las desventajas pueden ser:

  1. Las ganancias de los accionistas de la empresa afectada pueden ser consecuencia de una transferencia procedente de la compañía oferente, cuyos accionistas pierden lo que los otros ganan para que sus administradores consigan sus propósitos.
  2. Se perjudican a los empleados o acreedores que ven desaparecer puestos de trabajo o aumentar nivel de endeudamiento en relación con los activos.
  3. Empleados y acreedores pueden exigir condiciones que encarezcan el empleo de recursos que aportan.
  4. Administradores pueden diseñar estructuras defensivas o tomar decisiones de inversión, de desinversión o de endeudamiento que no responden al interés a la sociedad sino a responder a la Opa.


Aquí os dejo un par de noticias acerca de una de las grandes opas mas populares en España:





jueves, 3 de marzo de 2011

Planes de pensiones

Hoy, creo que debéis prestar mucha atención a mi post, pues os voy a contar cosas que probablemente a algunos les sirva en el futuro y que probablemente muchos de nosotros contratemos. Pues bien, hoy voy a tratar de contaros lo mejor posible los planes de pensiones. 


Para empezar, os voy a explicar un poco el concepto de una manera sencilla para que más o menos tengáis una idea. Un plan de pensiones es una forma de ahorrar dinero, de manera que una persona invierte una cantidad de dinero en un fondo, que, pasado un tiempo el inversor recibirá ese dinero que ha invertido más los rendimientos que haya experimentado esa cantidad invertida. Ese “fondo” que he mencionado es el llamado fondo de pensiones y la cantidad de dinero invertida se denomina unidad de cuenta. 


Es muy importante no confundir los planes de pensiones con los planes de jubilación, puesto que son conceptos totalmente distintos. Un plan de jubilación es un seguro contratado a un plazo determinado, que garantiza el cobro de una cantidad económica en caso de supervivencia y de otra en caso de fallecimiento del contratante.
Como en mi anterior entrada, aquí destacan tres participantes, por un lado la entidad gestora, que, como su propio nombre indica, es la que se encarga de gestionar el dinero que se invierte, por lo que tiene total responsabilidad del dinero que hay en el fondo y tiene la obligación de informar a los inversores de cómo va evolucionando su fondo. Evidentemente cualquier inversor tiene que fijarse bien antes de “meter” el dinero y ver quién es el que se encarga de controlarlo, en ese sentido, lo que se hace es crear una comisión, por parte del propio fondo, que regule las acciones de la entidad gestora para que, en caso de no estar de acuerdo con los movimientos que se realicen en el fondo, el inversor pueda tomar las medidas legales oportunas. 
El segundo participante es la propia entidad depositaria, que, como también dice su nombre, es donde se deposita el dinero y la tercera parte y más importante, el propio inversor.

El hecho de depositar un dinero, unos ahorros de una persona, y cobrarlos en un tiempo conlleva una serie de requisitos que el inversor ha de tener muy en cuenta, esto son, las comisiones:
Las comisiones, para que os hagáis a la idea son gastos, gastos que tiene una persona por el hecho de utilizar un servicio, en este caso un plan de pensiones, y son las siguientes:
  • Comisión de gestión: Es la comisión que cobra la entidad gestora por el simple hecho de utilizar sus servicios, esta cantidad varía en torno al 1 y al 2% del fondo y el cobro se realiza diariamente.
  • Comisión de depósito: Es la comisión que cobra la entidad depositaria también por sus servicios, es decir, por “cuidar” el dinero del participante. El cobro también se realiza diariamente y varía entre el 0 y el 0,6% del fondo.

Hay un último caso de comisión, que es la comisión de traspaso, que hoy en día no se realiza ya que esta prohibido cobrar al inversor si quiere cambiarse de un plan de pensiones a otro.
Por otra parte, debo decir que las aportaciones que realiza la persona propietaria de su fondo no son las que quiera él sino que existen cantidades mínimas que la entidad gestora les exige aportar. Esta cantidad, como veremos a continuación varía de acuerdo con las empresas donde se contrate el servicio, así como las diferentes cláusulas que se establecen acerca del aporte monetario por parte del inversor.

Bueno y esto...¿Cómo se regula?....es fácil, primero tengo que decir que las aportaciones que se realicen según los términos legales están ligados, es decir, para las personas menores de 50 años se establece que el máximo de la aportación debe ser de 10.000€, mientras que los mayores de 50 años en adelante tienen un máximo de 12.500€. Esto es en términos legales pero luego particularmente cada empresa establece, como he dicho anteriormente sus máximos y sus mínimos. Hay una cosa que llama bastante la atención y es que los planes de pensiones como otros fondos, como los de inversión,...etc figuran como un gasto en la renta de las personas, por eso mucha gente con rentas altas contrata planes de pensiones para que a la hora de pagar el famoso impuesto de la Renta sobre personas físicas (IRPF) el pago que tengan que hacer sea de menor importe.

Otro punto a tener en cuenta es el cobro de las pensiones, pues bien, únicamente el participe tiene derecho a cobrar su plan en casos puntuales como pueden ser la jubilación, el fallecimiento del propio inversor o también si se cumplen unos casos especiales también conocidos como “supuestos especiales de liquidez”, esto es, invalidez absoluta y permanente del inversor, un paro superior a dos años o una enfermedad grave. Y bien, ¿Cómo se regula el cobro?, existen tres formas de cobrar tus aportaciones, estas son:
  • Rescate en forma de capital: Esto quiere decir que el inversor recupera sus aportaciones de una sola vez, es decir, de un solo pago. Este tipo de cobro hay que tener en cuenta que dependiendo del capital que tenga el participe tendrá una mayor o menor carga fiscal, es decir, que la persona que pague va a tener que hacer frente a un impuesto grande en función del dinero que tenga, para que nos entendamos, y este tipo de impuesto varía entre un 23 y un 43%.
  • Rescate en forma de renta: Como dice la propia palabra, renta, es decir, el dinero se devuelve pero de forma periódica, en forma de renta.
  • Rescate en forma mixta: Simplemente consiste en una combinación de los dos tipos anteriores.

Generalmente, ¿Qué razones nos mueven a contratar este tipo de servicios?
Esto es sencillo, la gente está cansada de trabajar y trabajar y es que en este estado como todos sabemos la famosa seguridad social tiene mucha culpa, y es que en este sentido las pérdidas son grandes. El principal problema es que hay bastante gente que tiene unos salarios superiores a la base de cotización máxima establecida por la Seguridad Social, que en este caso es de 3.198€. El segundo problema es que por ejemplo para que una persona llegue a cobrar el salario que tenía antes de jubilarse debe haber cotizado al menos 35 años en la seguridad social y se debe retirar en la edad de jubilación legal, es decir, a los 65. Cosa que considero algo injusta si sumamos que el gobierno únicamente utiliza los 15 últimos años de tu vida cotizando para calcularte lo que vas a cobrar una vez jubilado, es decir, tu pensión. Además como todos sabemos pretende alargar la edad de jubilación hasta los 67. No me extraña que la gente se contrate planes de pensiones, yo también lo haría, y así la pérdida no sería tan grande.

¿Cuándo hacerse un plan de pensiones?
Desde mi opinión creo que cualquier persona que trabaje tendría que tener un plan de pensiones y cuanto antes mejor, aquella persona que se incorpore al mundo laboral y desde primeras se haga un plan de pensiones, aunque su salario no sea elevado y por consiguiente las aportaciones mínimas, al final merecerá la pena. En ese sentido nos equivocamos, pues tendemos a contratar este tipo de servicios con 40-45 años, cuando la vida laboral de uno comienza a empequeñecerse. Es muy importante tener en cuenta la entidad bancaria donde llevas a cabo el servicio puesto que en la gran mayoría de los casos las diferencias son muy abundantes.
Ahora toca hablar un poquito de las desventajas, porque no todo en esta vida es rosa, y cada cosa tiene sus inconvenientes claro está. Aunque esto no va a llevar mucho tiempo puesto que los planes de pensiones tienen muchas mas ventajas que desventajas siendo la más importante el tema de la liquidez antes mencionado, es decir, que sólo proporcionan el capital invertido al participante en casos especiales.

Tipos de Planes de Pensiones
Bueno, visto el concepto y habiendoos adentrado un poco en el mundo de los planes de pensiones falta ver qué tipos de planes de pensiones hay, y estos se clasifican según el tipo de inversor, la forma de la inversión y las obligaciones que puedan figurar en cada contrato, estos son:
Según el tipo de inversores:
  • Individuales: Son los que generalmente se estudian, una determinada persona contrata un plan de pensiones con una entidad cualquiera.
  • De empleo: Son aquellos planes contratados por empresas como retribución a los trabajadores, es decir, una empresa creada para ofertar a su vez planes de pensiones a sus clientes.
  • Asociados: Imaginemos un grupo de personas que forman una asociación, pues bien la propia asociación es la que promueve y sus miembros, los que invierten.


De acuerdo con la forma de inversión, es decir, con que tipo de inversiones que se realizan:
  • Renta Variable: Son aquellos tipos de planes de inversiones en los cuales casi todo el capital, en torno al 75% se invierte en renta variable. Os recuerdo que la renta variable, tanto como la fija hablamos de ella en el post anterior, y como ya adelanté la rentabilidad de la renta variable es aquella que está condicionada por los movimientos de cotización.
  • Renta Fija: Al contrario de la anterior, los inversores invierten todo su capital en renta fija. La renta fija tiene la ventaja como ya dije de ofrecer un menor riesgo al inversor al saber desde el principio el dinero que va a ganar.
  • Renta variable mixta: Son aquellos en los que se invierte gran parte del capital en renta variable, en torno al 30-75% y el resto renta fija.
  • Renta fija mixta: En este caso distinguimos entre dos tipos de plan, el primero de ellos invierte un 15% en renta variable y el resto en fija y el segundo invierte entre un 15 y un 30% en renta variable y el resto en fija.


Por último, los planes de pensiones se pueden clasificar según las obligaciones que haya estipuladas en el contrato, es decir, para que nos entendamos según el tipo de aportación que se haga:
  • Planes de aportación definida: Como la propia palabra indica, aportaciones definidas, es decir, el inversor conoce exactamente el capital que va a depositar en la entidad depositaria.
  • Planes de prestación definida: En este caso el inversor conoce exactamente el importe de capital que va a recibir en el momento de su jubilación o si por desgracia cumple alguno de los requisitos especiales. Estos tipos de planes suelen ser a plazo fijo.
  • Planes mixtos: Pues, como os podéis imaginar es una mezcla de los dos anteriores, es decir, el inversor conoce el importe tanto de lo que va a depositar como de lo que va a cobrar en un tiempo. A mi parecer este tipo de plan de pensiones es el mejor, pues no supone riesgos de ningún tipo, al conocer todo de antemano.


Ahora, como me parece interesante, he decidido escoger una empresa y para contaros mas o menos como lleva este tema, es decir, que aportaciones puede realizar la persona, como las regula la empresa, que ventajas ofrece como empresa respecto a la competencia,... 
Por ejemplo, la Caixa. Bien, ¿qué aportaciones tiene derecho a realizar el inversor?
en este caso, el inversor tiene derecho a realizar hasta los 50 años una aportación máxima de 10.000€ y cuando supere esta edad 12.500€, es decir como establecen las reglas del Estado. 
En el caso de que el cónyuge del inversor no tenga rentas, la Caixa te da la posibilidad de reducir las aportaciones a 2.000€ y además estar exentas de tributos. 
Otro caso especial es que el participante tenga minusvalía, en este caso puede realizar una aportación máxima de 24.250€ por parte del titular, si es por parte de otro familiar, máximo 10.000€.
En cuanto a la regulación de las aportaciones, o fiscalidad de los mismos, como ya dijimos, los planes de pensiones te permiten un ahorro en el impuesto sobre la renta de personas físicas, esto según la comunidad autónoma donde te sitúes tendrás más o menos (42% Navarra, 45% País Vasco,...), por lo que esto esta ligado a la autoridad más que a la propia empresa en sí.
Respecto a las ventajas, la Caixa pone a disposición del inversor una gran variedad de planes de pensiones en las que el participante puede invertir dinero hoy mismo y dejar de invertir en cualquier momento, el cliente decide la periodicidad de los pagos y si quiere incrementarlos o disminuirlos. Te proporciona, según ellos, el máximo beneficio fiscal sin que las aportaciones sean muy grandes.

¿Cuándo se puede cobrar el dinero?
La Caixa, ofrece a sus clientes la posibilidad de adelantar su cobro a partir de los 60 años o a partir de los 45 si es minusválido. Además si no ha cotizado el cliente nunca en la Seguridad Social la edad para empezar a cobrar se entiende como la misma que la de jubilación.
En caso de enfermedad grave, el cliente debe presentar un certificado médico y podrá efectuar su cobro que en este caso la Caixa te pone un mínimo de tres meses pero solo sí hay que intervenir cirúrgicamente.
En caso de desempleo podrá efectuar su cobro durante un periodo mínimo de 12 meses, siempre que esté inscrito en el INEM.
Como sabemos en caso de fallecimiento o minusvalía la Caixa no pone ningún tipo de pauta a cumplir con respecto al cobro.

¿Cómo podrá cobrar el plan de pensiones el cliente?
Las formas de cobro son las anteriores expuestas, en forma de capital, de renta o mixta, pero además, la Caixa ofrece al cliente la posibilidad de cobrar su renta en forma de seguros, es decir, el inversor tiene derecho a poder cobrar su renta de forma vitalicia, es decir, para toda la vida, a una o dos vidas, con, o sin seguro de vida.



Finalmente y como resumen, he de decir que contratar un plan de pensiones es una buena decisión viendo como la situación actual, por lo menos te aseguras un dinero y salvas un poco las perdidas ocasionadas por la Seguridad Social que antes he mencionado. El hecho de elegir tu propio plan y amoldarlo a las necesidades de cada uno me parece un aspecto importante a tener en cuenta al dirigirse hacia muchos tipos de personas. Además como hemos visto los planes de pensiones te suponen un ahorro en el IRPF, por lo que en este sentido también es una ventaja. Lo único que no comparto es el tema de la liquidez, puesto que si es una aportación que hace uno no entiendo que se tenga que esperar hasta tener cierta edad para conseguir un dinero que el mismo ha puesto, y no solo por no llegar a la edad, si no por no cumplir los requisitos especiales que se le impone.